Usted tiene un piso alquilado en régimen de prórroga forzosa, y ha recibido una buena oferta de compra. Pero le exigen que esté libre de inquilinos…

 

Renta antigua. Como el piso está alquilado en régimen de prórroga forzosa, la renta que paga el inquilino es baja, por lo que a usted le interesa vender y obtener una rentabilidad. Apunte. No obstante, el inversor le exige que el piso esté libre de inquilinos. ¿Cómo lo puede hacer?

 

Lo resuelvo. Compruebe si existe alguna causa que le permita resolver el contrato: la ley permite denegar la prórroga forzosa, por ejemplo, si la vivienda no está ocupada más de seis meses en el curso de un año, salvo justa causa. ¡Atención! Pero aunque se dé esa situación, es probable que el afectado se oponga y sea necesario un pleito que se alargará varios años (y mientras tanto el piso seguirá ocupado). Por eso, muchos de estos casos se resuelven pactando una indemnización a favor del inquilino.

 

Indemnización. Si se plantea el pago de esta indemnización, calcule su cuantía de la siguiente forma:

 

  • Vea qué esperanza de vida tiene el inquilino a partir de ahora. Apunte. En la página web del Instituto Nacional de Estadística (http://www.ine.es), encontrará la esperanza de vida a los 65 años desglosada por provincias y sexo.
  •                        Satisfaga una indemnización que compense la diferencia de alquiler, durante todo el tiempo de esperanza de vida, de un piso de similares características. Apunte. Puede, incluso, plantearse una reducción de la suma resultante, alegando que usted anticipa unos fondos que se gastarán más tarde (es más gravoso pagar ahora que pagar la misma cantidad a plazos). No obstante, si piensa que el inquilino no va a entender estos cálculos, quizá es mejor no enredar la negociación.

 

Ejemplo. Su piso está en Madrid y su inquilino es un varón de 72 años (por lo que tenía 65 años en el año 2006). El precio que paga actualmente es de 300 euros al mes, y un piso de características similares tendría una renta de unos 700 euros (400 euros de diferencia). Pues bien, con las tablas del INE de 2006, su inquilino alcanzará los 83,391 años. Le quedan –estadísticamente hablando– 11 años y 5 meses de vida (137 meses), lo que supondría una indemnización de 54.800 euros (400 x 137).

Negocie una indemnización por la diferencia entre la renta actual y la que se pagaría a precios de mercado, durante el tiempo de esperanza de vida del inquilino.

 

Fuente: © Indicator Asesores y Editores, S.A.U.

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