PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2012
Hace unos días se han conocido los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. Todos esperábamos una serie de recortes y de medidas de contención de gasto que al final se han concretado para mayor tranquilidad. En los tiempos que corren, todos sabemos que algunos recortes son necesarios pero sin lugar a dudas los recortes sociales son los que más perjudican a la población.
Hace dos viernes, en el Consejo de Ministros, tuvimos un adelanto de lo que se hoy se puede afirmar y sin duda alguna observamos aspectos muy interesantes.
El ejecutivo se ha basado, a la hora de elaborar estos presupuestos, en un objetivo primordial: la reducción del déficit público. Tal y como afirman, se va a producir el mayor esfuerzo fiscal de la democracia española, que será de 27.300 millones de euros. Es el Presupuesto más austero de la Democracia y contiene el mayor esfuerzo de consolidación fiscal
El incremento de ingresos del Estado se cifra en un 0,8% del PIB y el ajuste de gastos se calcula en 1,7% del PIB. Esto supone que en total se produzca un ajuste de un 2,5% del PIB. Se pretende reducir el déficit en un 1,6% del PIB (cifra bastante elevada con el esfuerzo que conlleva) y se reducirán las partidas comprometidas de gasto (intereses, financiación de las AATT, prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y pensiones de clases pasivas) en un 0,9% del PIB.
En la Consolidación Fiscal
destacan las siguientes medidas:
Profunda reducción del gasto de los ministerios.
Medidas excepcionales de carácter tributario para aumentar la recaudación.
Lucha contra el fraude.
Por la parte de las reformas estructurales destacan las siguientes:
Ley de Estabilidad.
Reforma Laboral.
Reforma Financiera.
Reforma del Sector Público.
Hay dos justificaciones:
Un 70% del esfuerzo fiscal recae en la vertiente del gasto no comprometido y, en concreto, en las partidas vinculadas a la inversión.
En materia de ingresos, por el momento se descarta la subida del IVA, si bien es cierto que en el resto de la Unión Europea es mucho más elevado. Lo más significativo es la limitación de las deducciones en el Impuesto Sobre Sociedades, la subida del IRPF aprobada el 30 de diciembre de 2011 y el anuncio de un proceso de regularización fiscal para que afloren rentas no declaradas, las alternativas barajadas para dar soporte a la recaudación.
El Ejecutivo actual lo denomina “unos presupuestos de emergencia para la recuperación económica” y sin lugar a dudas son bastante novedosos en materia de recortes de gastos. Entre las medidas más importantes y dentro de este esfuerzo, se encuentra, en un contexto de fuerte ajuste fiscal, la reducción del gasto de los ministerios en un 16,9%. Lo cual, según el ejecutivo va a permitir mantener el sueldo de los funcionarios y las prestaciones básicas, como las pensiones y el seguro de desempleo.
Si valoramos los presupuestos por secciones ministeriales, se puede observar que la mayor dotación para el ejercicio 2012, se la lleva el Ministerio de Empleo y Seguridad Social con 20.924 millones de euros. En cierta medida, esto es coherente con la actual crisis económica generalizada que atraviesa nuestro país, con más de 5 millones de parados y las prestaciones por desempleo que esto conlleva, además de la no cotización de todos estos desempleados.
El Ministerio del Interior es el segundo que más dotación va a recibir, con 7.485 millones de euros y el tercero será el Ministerio de Defensa con 6.316 millones de euros.
Entre los Ministerios que menor dotación van a recibir, destacamos el de la Presidencia con 432 millones de euros, el de Asuntos Exteriores y Cooperación con 12.05 millones de euros y el de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente con 1.932 millones de euros.
Las mayores variaciones de dan en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, que va a percibir un 54,4% menos que en 2011, en el de Industria, Energía y Turismo que va a recibir un 31,9% por menos y en el de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que va a ver disminuida su dotación en un 31,2%.
Se van a reducir las siguientes políticas de gasto:
Ayuda al Desarrollo. Reducción en transferencias a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y en el Fondo de Agua.
Defensa. Reducción fundamentalmente en Programas Especiales de Defensa.
Vivienda. Reducción de ayudas para el acceso a la vivienda.
Infraestructuras. Reducción en inversiones, en autopistas de primera generación y aportaciones a ADIF y SEITTSA, convenios en carreteras de competencia autonómica,…
Transporte. Reducción en subvenciones a residentes no peninsulares.
Educación.
Empleo. Eliminación de la dotación al Fondo de Integración de Inmigrantes y reducción de las Políticas Activas de Empleo.
Hacienda. Reducción para adquisición de acciones y participaciones en sociedades no estatales y reducción a empresas de promoción económica.08.05.2012. 16:57
LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PODRÁN RECORTAR PRESTACIONES E IMPONER TASAS
La reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrada con fecha martes 6 de marzo de 2012 agrupó al Ejecutivo y a las autonomías, una cita importante con resultados cuanto menos llamativos.
Las autonomías reclaman que el Gobierno modifique la normativa básica estatal que les fuerza a realizar gastos en servicios básicos sin margen para poder aplicar recortes. Según algunos medios de prensa escrita, el Gobierno tiene previsto atender sus peticiones, aunque a día de hoy, aún no tiene intención de anunciarlo. El ministro de economía, D. Cristóbal Montoro, no se pronunció sobre ello pese a la insistencia de los periodistas, únicamente afirmó que existe un grupo de trabajo que estudia la financiación de los servicios públicos en el sistema autonómico.
El Consejero de Hacienda de Madrid, D. Percival Manglano, apostó por que la reforma se producirá en el segundo trimestre del año 2012.
Entre los cambios que introducirá el Gobierno, estará dejar de financiar los medicamentos que existan en el mercado como genéricos a partir de determinado precio. Se trata de ahorrar en medicamentos que no afectan a enfermedades graves o de atención urgente y miembros del Ejecutivo piensan que esto puede ser más eficaz en el ahorro que la introducción del copago. Consiste en que las autonomías puedan dejar de financiar algunos tratamientos médicos que no sean imprescindibles para el enfermo, no sufragar la atención a dependientes no graves, prescindir de fármacos costosos o, por ejemplo, tener derecho a subir las tasas universitarias.
El objetivo principal es imponer a las autonomías un “plus de exigencia” en la reducción del déficit, lo cual no tiene por qué poner en peligro el Estado de Bienestar.
En este Consejo de Política Fiscal y Financiera sí hubo unanimidad en el apoyo al instrumento del Estado para financiar el pago de las facturas autonómicas pendientes de pago a proveedores. El mecanismo será muy parecido al ya aprobado para los ayuntamientos y consistirá en que los acreedores de las autonomías podrán empezar a cobrar a partir del 15 de mayo en lo que constituirá la mayor operación financiera de rescate de la Administración central de la historia reciente de España.
Algunos asistentes aseguran que el ministro de economía, D. Cristóbal Montoro, renuncia a imponer quitas obligatorias a los proveedores, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, pese a que el Real Decreto aprobado hace dos semanas sí establece esta posibilidad.
A este respecto, los proveedores de las autonomías han expresado múltiples quejas por la tentación del Gobierno de aprovechar esta situación para imponer quitas, y las grandes empresas , con pulmón para aguantar más tiempo que las pequeñas y medianas empresas, han amenazado con no acogerse a este mecanismo, manteniendo de esta forma, presión sobre las comunidades autónomas. El ministro de economía señaló que las comunidades que hayan votado en contra de la reducción del déficit, también podrán acogerse al plan de pago, siempre que presenten un plan de viabilidad y saneamiento como el resto de administraciones beneficiadas.
14.03.2012. 12:38
Impuesto sobre el patrimonio
El Impuesto sobre el Patrimonio:
El Consejo de Ministros celebrado con fecha 16 de septiembre de 2011, decidió recuperar el impuesto sobre el patrimonio basándose en la aplicación del principio de equidad para una mayor contribución a la salida de la crisis por parte de quienes tienen mayor capacidad económica. Se pretende lograr una mejor distribución de la renta y la riqueza y obtener una recaudación adicional en estos momentos de especiales dificultades presupuestarias. Esta medida complementa otras ya adoptadas hasta la fecha y atiende a las circunstancias actuales y a los efectos de la crisis económica.
El Real Decreto 13/2011 de 16 de septiembre restablece el Impuesto sobre el Patrimonio con carácter temporal, ya que se contempla exclusivamente en 2011 y 2012, debiendo presentar las consiguientes declaraciones en 2012 y 2013 respectivamente. La entrada en vigor del Impuesto sobre el Patrimonio se produce al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, esto es el 18 de septiembre de 2011.
El Impuesto sobre el Patrimonio se estableció por la Ley 19/1991 de 6 de junio, y fue materialmente exigible hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que, entre otras determinaciones, se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio. Entre las razones que argumentan esta supresión es que ha disminuido su capacidad redistributiva al gravar principalmente patrimonios medios.
Así, la intención en la recuperación de este impuesto no es gravar los patrimonios medios y por ello, para excluir del gravamen a los contribuyentes con un patrimonio medio se aumenta de manera muy significativa el límite para la exención de la vivienda habitual así como el mínimo exento que se venía aplicando en el impuesto anterior al 2008. Todo ello sin perjuicio de las competencias que sobre este impuesto ostentan las Comunidades Autónomas.
No se introducen modificaciones sustanciales en la estructura del impuesto, se elimina la bonificación estatal hasta ahora existente y recupera los elementos del tributo que en su momento fueron objeto de eliminación técnica.
MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO:
Se modifica el apartado nueve del artículo 4 que trata sobre la exención parcial de la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000,00 euros.
Se añade un nuevo artículo 6 sobre los representantes de los sujetos pasivos no residentes en España. Los sujetos pasivos no residentes en territorio español quedan obligados a nombrar a un representante en España, encargado de todos los trámites con la Administración Tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto y a comunicar dicho nombramiento, debidamente acreditado, antes del fin de plazo de declaración del impuesto. También regula el incumplimiento de esta obligación, que consistirá en una multa pecuniaria fija de 1.000,00 euros y será tratado como una infracción tributaria grave. Por último nos dice que el depositario responderá solidariamente del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a este impuesto.
Se modifica el artículo 28 sobre la base liquidable. En el supuesto de obligación personal, la base imponible se minorará en la cuantía del mínimo exento que haya establecido la Comunidad Autónoma. En el caso de que la comunidad autónoma no lo haya regulado se reducirá en 700.000,00 euros.
Se modifica el artículo 33 que trata sobre las bonificaciones en Ceuta y Melilla. Si existiese un bien o derecho en estas ciudades se bonificará en el 75 por ciento la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda.
Se añade un nuevo artículo 36 sobre la autoliquidación. “Los sujetos pasivos están obligados a presentar declaración, a practicar autoliquidación y, en su caso, a ingresar la deuda tributaria en el lugar, forma y plazos que se determinen por el titular del Ministerio de Economía y Hacienda.”
Se añade también un nuevo artículo 37 expresando que están obligados a presentar declaración los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, determinada conforme a las normas reguladoras del impuesto y una vez aplicadas las deducciones y bonificaciones que correspondan, resulte a ingresar. Si no se da esta circunstancia pero el valor de sus bienes y derechos, determinado conforme a las normas reguladoras y aplicables de este impuesto, supera los 2.000.000,00 de euros, también son sujetos pasivos obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio.
Se añade el artículo 38 sobre la presentación de la declaración que se efectuará en la forma, plazos y modelos que establezca el titular del Ministerio de Economía y Hacienda.
Con efectos desde el 1 de enero de 2013 se modifica el artículo 33 relativo a la bonificación general de la cuota íntegra y se derogan los artículos 6, 36, 37 y 38.
El ejecutivo que tomó esta medida hace especial énfasis en que a la vista de la situación económica y presupuestaria se hace necesaria la adopción de la medida de manera inmediata para garantizar la obtención de ingresos en los dos próximos ejercicios son el fin de asegurar los objetivos de estabilidad asumidos por España.
Desde aquí, os aconsejamos acudir a una asesoría fiscal de confianza y prestigio si no tenéis muy claro cómo proceder en la liquidación y presentación de este impuesto.
Webconta
22.02.2012. 10:59
